PIT la fantástica

Recientemente, INTERSINDICAL Servicios Públicos sometimos este sistema de Promoción Interna Temporal (PIT) a nuestra afiliación mediante asamblea, y dispusimos que, por los motivos que vamos a comentar a continuación, tenemos que mostrar nuestro desacuerdo con este procedimiento por:

  • Se infringe el principio de igualdad que debe regir cualquier proceso selectivo de acceso a la Función Pública. Por medio de este procedimiento se ha imitado el modelo Servicio Murciano de Salud. ¿Se imitará también el de Bolsas de Trabajo Abiertas y Permanentes?
  • Se transmite la fantasía de acceso a cuerpos superiores por la vía rápida cuando en realidad los cuerpos superiores ofertan un limitado número de puestos. Este limitado número de puestos, incluidas las vacantes, sería ocupado por personal funcionario que irá dificultando las posibilidades de trabajar de personas que están en las bolsas de trabajo y que han tenido que superar unos mínimos exigidos en procesos selectivos. En realidad no creemos que sirva, salvo excepciones, más que como repesca del personal funcionario que ya ha trabajado en los cuerpos a los que aspira.
  • Un número quizás más amplio de puestos a ofertar lo podremos encontrar en cuerpos inferiores, sobre todo Cuerpo de Técnicos Auxiliares o de Auxiliares Administrativos que permitirá la promoción horizontal de un ámbito a otro

Esta situación supondrá un grave perjuicio porque:

  • Las personas que acceden a un puesto de trabajo por la vía de la PIT no van a tener que superar los mínimos que se les exigen a todo aquél que accede a las bolsas de trabajo superando los mínimos que se establezcan. Esto nos parece un agravio comparativo evidente.
  • Dificulta todavía más el acceso a la Función Pública por procesos normalizados al personal funcionario que se presenta a oposiciones.

Realmente la PIT será un procedimiento que irá introduciendo a cuentagotas en primer lugar a personal que ya haya trabajado en los cuerpos a los que quiere acceder. Los que no tengan experiencia en el cuerpo se irían incorporando al estilo embudo porque no hay tantos puestos como se pretende.

Supuestamente beneficia al personal funcionario de carrera, sin embargo, supondrá la reducción paulatina de personal funcionario en puestos de grupos superiores que irán siendo ocupados por funcionarios de carrera con la titulación necesaria.

¿A quién beneficia la PIT?

  • Sin duda beneficia al personal funcionario de carrera con experiencia en los cuerpos a los que aspira y no ha conseguido consolidar su situación.
  • A personal con titulación que no ha superado ningún proceso selectivo.
  • A la Administración que reduce el problema de la interinidad de forma paulatina sin hacer ruido e irá colocando progresivamente al personal interino en puestos pertenecientes a cuerpos de nivel inferior.

¿A quién perjudica la PIT?

  • Al personal que se ha presentado a oposiciones y verá cómo ser integrante de bolsas no le sirve de nada porque otros iguales sin méritos ya están ocupando vacantes.
  • A personal funcionario de carrera que aprueba procedimientos selectivos y no se le tiene en cuenta más que la última convocatoria en el baremo.
  • A personal integrante de bolsas de trabajo sin plaza al que le usurpan el 50% de puestos con duración mayor de 6 meses mediante un procedimiento de dudosa legitimidad.
  • A cualquier aspirante a la Función Pública Regional .

Los efectos de la PIT son claros:

  • Taponamiento en el acceso a puestos de cuerpos superiores que irá ocupando el mismo personal por medio de vacantes o contratos de larga duración, acumulando méritos para seguir ocupándolos en el futuro ( Algo así como que “el primero que llegue, sigue”).
  • Fantasía de promoción profesional para gran cantidad de personal de la Comunidad Autónoma del ámbito de Administración y Servicios.
  • Imposibilidad de acceso a cuerpos de la CARM para personal integrante de las bolsas de empleo (funcionario de carrera e interino) viendo cómo su esfuerzo es ninguneado por los que siguen accediendo de esta manera.

Frente a quienes piensan que la PIT no supone un perjuicio para el personal interino, entendemos que el 50% de puestos ocupados por funcionarios de carrera en promoción supone el acceso por norma a cuerpos superiores y cuando sean ocupadas vacantes, los demás no tendrán acceso a ellas sino al 50% de las que queden. Y así sucesivamente. Por lo tanto, se irán disminuyendo las posibilidades reales de los integrantes de bolsas de grupos superiores (interinos y funcionarios de carrera) y también de los mismos funcionarios de carrera para un futuro.

En definitiva, en la Administración Regional se ha creado otro chiringuito imitando modelos de dudosa legitimidad, sin tasas, desigual, sin necesidad de demostrar nada por el hecho de ser funcionario de carrera. Chiringuito porque se actuará como si los empleos de la Función Pública fueran de los funcionarios de carrera cuando en realidad pertenecen legítimamente a la ciudadanía. Con esta fórmula consiguen disponer de mejores condiciones todavía para prosperar mientras el resto tendrá que sudar sangre para acceder a un empleo. Llegarán después nuestras jefaturas y direcciones a aportar argumentos de igualdad, cuando se está vulnerando fehacientemente este principio. Llegarán argumentos en contra de la endogamia en la Administración cuando eso mismo es lo que se está generando con este procedimiento. (Ambos argumentos ya los hemos oído). Se ve que una vez que estás dentro, estos principios ya no hay que respetarlos.

Un procedimiento que entendemos de bajo beneficio por su alto perjuicio. La vulneración de principios va claramente en contra del mismo personal y de la ciudadanía en su conjunto.

Una fantástica PIT. ¡¡Maravillosa!!  … Que diríamos por reiterar.

Los que puedan y lleguen que la disfruten, aunque no pueda ser más que por una amarga ¿victoria?. Los demás tendrán que seguir pagando tasas, para participar en los ejercicios de cada cuerpo al que quieran intentar acceder a trabajar.

¿Enhorabuena? Veremos.

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